08 junio 2013

La nulidad del decreto de Luz y Fuerza del Centro

La nulidad del decreto de Luz y Fuerza del Centro... El Toque Crítico de Martín Esparza

Se actuó al margen de la ley
Martín Esparza Flores | Revista Siempre No. 3130
En memoria del abogado Samuel Durán Perales, por su apoyo profesional a la lucha del SME. 
Descanse en paz.


Las instancias judiciales del país aún tienen mucho que explicar, corregir y sancionar, sobre los estropicios jurídicos cometidos en contra de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo tras la publicación, en el Diario Oficial, del Decreto de Extinción de Luz y Fuerza del Centro del 11 de octubre del 2009.
El estilo autoritario y la celeridad con que se emitió la arbitraria decisión oficial llevaron al expresidente Felipe Calderón y a su equipo de ineptos colaboradores no sólo a pasar por alto sino prácticamente a ignorar lo establecido en los ordenamientos que rigen los procedimientos de la administración pública federal, incluidos los organismos descentralizados, como el artículo tercero de la citada ley, así como el 113 constitucional que establece las responsabilidades administrativas de los servidores públicos. 

El decreto mismo contempló una serie de mecanismos para ejecutar las bases de la desincorporación que amén de incumplirse fueron desechadas como pruebas de una clara inconsistencia procesal por las instancias judiciales.

En el articulado contenido en el decreto se plasmaron con claridad las obligaciones y plazos con que las diversas dependencias involucradas en el proceso de liquidación deberían transparentar el proceso. Por ejemplo, en el artículo Tercero Transitorio se establecía: La Secretaría de Energía deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, las bases para llevar a cabo la liquidación de Luz y Fuerza del Centro, dentro de los tres días hábiles siguientes, a la entrada en vigor del presente decreto”.

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