la reinserción a [sic] miles de trabajadores que no cobraron su liquidación y de un esquema laboral que no implica contratación colectiva ni sustitución patronal. Nada de patrón sustituto, es su lema corriente.
Ni para qué ocuparse de semejante bocaza que sólo sabe proferir amenazas. Debería saber que el asunto del patrón sustituto todavía está en litigio, aunque los trabajadores electricistas poco pueden esperar de una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje tan golpeadora y tan injusta como sus mandantes. Ya se ha visto hasta la saciedad que extinguir
un organismo descentralizado como Luz y Fuerza del Centro mediante un mero decreto presidencial fue violatorio de la Constitución que dispone que ese acto corresponde sólo al Congreso de la Unión, pues debe disponerse mediante una ley del Legislativo y no mediante un decreto del Ejecutivo. La corte, abyectamente, desestimó ese alegato.